Autocorrección patronal ¿Cómo evitar sanciones SIROC?

La corrección es un derecho que todo patrón posee, conforme a la fracción IX del artículo 1° y 178 del Reglamento del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). Su ejercicio espontáneo y previo a una facultad de comprobación del IMSS es de gran ayuda para evitar sanciones.

En el artículo 178 del RACERF encontramos la corrección inducida, que se deriva de una invitación para regularización, emitida por el IMSS y la corrección espontánea, en la que el mismo patrón, sin mediar requerimiento o invitación alguna, corrige su situación en materia de seguridad social.

Una vez que efectúes tu corrección patronal ante el IMSS, prácticamente tienes los mismos derechos que un patrón que se dictamina.
El IMSS no emitirá cédulas de liquidación por omisiones totales o parciales en tus pagos de cuotas obrero-patronales.
La autocorrección patronal otorga un grado razonable de credibilidad ante el IMSS, de que se han cumplido las obligaciones en materia de seguridad social. Esto disminuye considerablemente la posibilidad de ser sujeto de facultades de comprobación, de las cuales suelen derivar créditos fiscales.
Tu solicitud de autocorrección patronal es gratuita y la puedes solicitar en línea con tu firma electrónica.